
El agotamiento, los cuadros depresivos y los trastornos no orgánicos del sueño podrán ser reconocidos como enfermedades profesionales cuando estén vinculados al trabajo, según el nuevo cuadro presentado por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
La actualización introduce por primera vez las afecciones asociadas a factores psicosociales dentro de la cobertura del Seguro de Riesgos Laborales (SRL), de acuerdo con la institución.
El cambio alcanza problemas que pueden afectar la capacidad de una persona para continuar trabajando. Sin embargo, su inclusión en el cuadro no significa que cualquier diagnóstico de depresión, agotamiento o alteración del sueño genere automáticamente una cobertura: deberá establecerse su relación con la actividad laboral.
La medida fue adoptada mediante la Resolución 00270-26. El instrumento organiza las enfermedades en siete grupos según el riesgo que las origina e identifica agentes causales, patologías y actividades en las que suelen presentarse.
El trabajo como parte del diagnóstico
El nuevo cuadro incluye el síndrome de burnout o agotamiento, además de cuadros depresivos y trastornos no orgánicos del sueño derivados del trabajo.
La incorporación sitúa los factores psicosociales dentro del reconocimiento de enfermedades ocupacionales. El punto decisivo será determinar cuándo una afección tiene origen laboral y cómo se acredita ese vínculo.
La información difundida por la SISALRIL no desarrolla los pasos que deberá seguir el trabajador para solicitar ese reconocimiento ni los criterios específicos que se utilizarán en cada una de estas afecciones.
También incorpora cánceres ocupacionales
La ampliación incluye distintos tipos de cáncer vinculados a exposiciones laborales, entre ellos los de pulmón y bronquios, laringe, faringe, cavidad nasal, senos paranasales, estómago, hígado, riñón, vejiga y piel.
La lista también contempla cáncer de próstata, escroto y hueso, así como carcinoma in situ de colon, entre otras patologías.
Al igual que ocurre con las afecciones psicosociales, no se trata de una cobertura general de cualquier cáncer diagnosticado a un trabajador. El cuadro relaciona la enfermedad con el agente causal y las actividades en las que puede producirse la exposición.
Gastos médicos e incapacidades
Según la SISALRIL, el Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales, aprobado mediante el Decreto 287-26, contempla la cobertura de signos y síntomas relacionados con enfermedades profesionales que generen gastos de salud e incapacidad temporal o permanente, conforme a las disposiciones vigentes.
El Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) asumirá los gastos de salud de las enfermedades cuyo origen laboral sea reconocido y llevará el registro de las incapacidades que produzcan.
La resolución también crea una comisión técnica interinstitucional encargada de revisar periódicamente el cuadro y recomendar actualizaciones.
La ampliación abre la posibilidad de reconocer afecciones antes ausentes del instrumento. Para los trabajadores, su alcance dependerá también del proceso de evaluación: qué deberán presentar, cómo se determinará el origen laboral y cuánto tardarán en recibir una respuesta.







